"No se trata aquí de juzgar intenciones ni de especular con motivaciones ideológicas: el acto concreto de permitir, avalar o silenciar prácticas violatorias del interés soberano constituye, de por sí, una hipótesis de ilicitud penal, en tanto se aparta del deber funcional de ejecutar la Constitución y las leyes vigentes."

La cita corresponde a la presentación que realizó el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata ante la Cámara de Diputados de la Nación donde solicitó el juicio político al presidente Javier Milei.

A lo largo de más de veinte páginas, el colectivo que encabeza Rodolfo Carrizo explicó que Milei actuó en contra de los mandatos constitucionales del país cuando invocó el principio de autodeterminación para los habitantes de las Islas Malvinas en su discurso durante el acto que encabezó el último 2 de abril. “Fue un quiebre al principio de integridad territorial”, indicaron.

Desde su lectura, Milei puso en riesgo el reclamo histórico argentino y, posiblemente, sentó jurisprudencia para fallos adversos al país.

“La sociedad tiene que entender que, por más que parezca que sigue siendo un panelista, lo que dice Milei lo hace en nombre del Estado argentino, y hay casos como el de Noruega que mencionamos en el escrito que manifiestan la importancia de estas situaciones”, señala Jerónimo Guerrero Iraola, representante legal del CECIM, a Buenos Aires/12.

La referencia es al principio fundamental que rige el derecho internacional público “inspirado en la buena fe y la estabilidad de las relaciones entre los Estados”. Se trata del estoppel o doctrina de los actos propios, que tiene la capacidad de sentar jurisprudencia en los actos de un país.

El ejemplo de Noruega que menciona Guerrero Iraola remite a lo sucedido en 1933 entre el país escandinavo y Dinamarca en un reclamo por Groelandia Oriental. El escrito que fue presentado ante el presidente de la cámara baja nacional, Martín Menem, subraya que la Corte Permanente de Justicia Internacional determinó que “una declaración verbal realizada en 1919 por el Ministro de Asuntos Exteriores de Noruega, Nils Claus Ihlen, en la que afirmaba que su gobierno no presentaría objeciones a las pretensiones de Dinamarca sobre la soberanía total de Groenlandia, tenía efectos jurídicamente vinculantes”.

“La Corte concluyó que Noruega no podía posteriormente contradecir dicha declaración para reclamar derechos sobre el territorio en cuestión”, explica la presentación del CECIM.

Preso de sus palabras

A juicio del Centro, el discurso del Presidente durante el acto conmemorativo por el Día del Veterano y de los Caídos en la guerra de Malvinas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, puntualmente en la Plaza San Martín de Retiro, fue contundente en sus intenciones: “Anhelamos que los malvinenses decidan algún día votarnos con los pies a nosotros por eso buscamos ser una potencia a punto tal que ellos prefieran ser argentinos y ni siquiera haga falta usar la disuasión o el convencimiento para lograrlo”.

El CECIM expuso que el juicio político debe iniciarse según lo establece el artículo 53 de la Constitución Nacional por “mal desempeño” o por la presunta comisión de delitos en el ejercicio de sus funciones. “Aquí ambas causales se encuentran configuradas y mutuamente reforzadas”, aseguraron.

Según detalla Guerrero Iraola, el mal desempeño en el ejercicio de sus funciones, por acciones y omisiones que comprometen la política de Estado en torno a Malvinas y menoscaban el principio de integridad territorial. A su vez, visibiliza una “presunta comisión de delitos en el ejercicio de la función pública, en particular la posible violación del artículo 248 del Código Penal, al dictar actos y emitir declaraciones contrarias a la Constitución Nacional”.

Este último punto está sujeto a la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional, la cual consagra con rango supremo la obligación del Estado argentino de sostener el reclamo por la plena soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes.

Esta disposición, dice el CECIM, “no constituye una fórmula decorativa ni una aspiración abstracta”, sino que se trata de “una declaración genuina y legítima del pueblo argentino que recoge una voluntad histórica, reafirma un derecho inalienable, y proyecta una política de Estado que trasciende los gobiernos de turno”.

Por eso, sostienen que la frase “anhelamos que los malvinenses decidan algún día votarnos con los pies” no es inocua. “Implica trasladar el reclamo soberano desde el plano del derecho internacional hacia un terreno meramente económico y voluntarista, desconociendo tanto el origen histórico del conflicto como la legitimidad jurídica del reclamo argentino”, advierten.

Para argumentar su posición, Guerrero Iraola trae a colación la Resolución 2065 de la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptada el 16 de diciembre de 1965. A partir de este documento, la comunidad internacional reconoció la existencia de una disputa de soberanía entre la República Argentina y el Reino Unido.

Este logro democrático surgió producto del alegato del entonces embajador argentino ante la ONU, José María Ruda. En su presentación, el representante nacional señaló que el principio fundamental de la libre determinación no debe ser utilizado para transformar una posesión ilegítima en una soberanía plena bajo la protección de la ONU.

Reconoce que el artículo segundo de la Declaración de las Naciones Unidas afirma que todos los pueblos tienen derecho de libre determinación y que, “virtud de este derecho determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural”.

Pero, según el alegato de Ruda citado por el CECIM, este artículo segundo es condicionado por el artículo sexto, en forma clara cuando dice que: “Todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de las Naciones Unidas”.

Frente a este marco jurídico e histórico, señala la presentación de los ex combatientes, el discurso del presidente Javier Milei del 2 de abril de 2025, al afirmar que “anhelamos que los malvinenses decidan algún día votarnos con los pies”, no solo minimiza el carácter estructural de la controversia, sino que introduce un enfoque absolutamente ajeno a las categorías del derecho internacional vigentes e históricamente sostenidas por nuestro país.

“Ello implica una verdadera renuncia implícita al principio de integridad territorial y un abandono del marco global de descolonización que rige para este caso desde 1965”, apuntaron.

“Plan sistemático de entrega de la soberanía”

Guerrero Iraola señala a este diario que existe una tendencia, a partir del consumo de redes sociales, de creer que los hechos son tendencias momentáneas y que no suelen estar concatenados. “Pero lo hecho por Milei me parece que, en verdad, es una vertical de un plan sistemático de entrega de la soberanía que el Presidente lleva adelante y que tiene su correlato con el DNU 70, Ley Bases, o la venta de empresas estratégicas como ARSAT”, indica.

Según su mirada, el discurso de Milei en el acto conmemorativo del último 2 de abril estuvo dirigido “a sus financistas que sostienen un proyecto que comenzó en diciembre de 2023 y tiene como bandera la entrega de la soberanía nacional y busca quebrar las instituciones que ponen límites al avasallamiento”.

“Lo que hoy se discute es el rol de Argentina en el proceso de transición hacia la cuarta revolución industrial, donde se necesitará agua, energía y conocimiento, pero Milei nos quiere convertir en la nueva Potosí de esta revolución”, afirma.

Por eso, apunta, el mensaje del Presidente no tenía como destinatario al pueblo argentino y no tenía como esencia pensar en la autodeterminación de los isleños, sino que tenía un mensaje que mostró cuál es la postura del primer mandatario argentino.

Además, este no es el primer gesto pro británico que tuvo Milei. El CECIM también denunció penalmente a la excanciller Diana Mondino por el comunicado de prensa 470/24 publicado el 24 de septiembre de 2024 por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación. Allí se da cuenta de la reunión entre Mondino y el secretario de Relaciones Exteriores del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, David Lammy.

“El comunicado en cuestión hizo incurrir también a la entonces ministra, dependiente directa del presidente de la República Argentina, en una serie de inobservancias y vulneraciones flagrantes a la Constitución Nacional y diversas Leyes Nacionales vigentes”, asegura el escrito del CECIM.

En el comunicado, advierten, la Cancillería “expresa la voluntad del gobierno argentino de cooperar con el Reino Unido en relación a actividades científicas en el Atlántico Sur, omitiendo toda referencia al conflicto de soberanía y a los principios rectores de la política exterior argentina en esta materia”.

En este marco conceptual, el pedido de juicio político impulsado por los ex combatientes no deja pasar por alto que hay una afectación del bien jurídico soberanía nacional. No sólo por la relativización de su defensa, sino porque la Cuestión Malvinas no es un tema simbólico o romántico.

“Involucra recursos estratégicos de enorme valor —ictícolas, hidrocarburíferos, acuíferos, biotecnológicos, antárticos— y condiciona la posición internacional de la Argentina. Por tanto, su tratamiento requiere prudencia, continuidad, firmeza y apego irrestricto a los principios constitucionales”, señalaron. 

En lo que respecta al juicio político, Guerrero Iraola explica que la Comisión Bicameral de Juicio Político sigue sin confirmar sus autoridades, tal como se lo notificaron. Por ende, desde CECIM pedirán entrevistas particulares con cada miembro de la comisión para ampliar la explicación de las causas y motivos para motorizar la solicitud.